NAFIS

Norma de Actualización Fiscal (NAFIS)


IMPULSANDO Y FORTALECIENDO NUESTRA NAFIS

Desde el surgimiento de la ASOCIACIÓN NACIONAL DE FISCALISTAS.NET A.C. nos hemos fijado una misión, visión y objetivos, y por ello en años anteriores y por supuesto los que nos faltan como AGRUPACIÓN DE PROFESIONISTAS ESPECIALIZADOS EN MATERIA FISCAL, seguiremos señalándonos muchos más objetivos que nos auxilien al cumplimiento de nuestros objetivos, es así como a finales del año 2005, posterior a nuestra convención asamblea de dicho año, se dio a conocer el Reglamento de la Norma de Actualización Fiscal, dicho Reglamento tiene la finalidad de regular y por ende fomentar la capacitación y actualización de sus asociados en el área del conocimiento fiscal o de alguna otra disciplina afín del derecho fiscal y mantenerse a la vanguardia sobre temas fiscales.

Es así como durante el año 2006 se dio a conocer dicho Reglamento de la Norma de Actualización Fiscal (RNAFIS), con el fin de iniciar su difusión y con el efecto de darlo a conocer a toda la membresía ANAFINET

1.- Por lo que corresponde al cumplimiento de la Norma de Actualización Fiscal por el año 2014 que la norma nos exige su cumplimiento durante el mes de enero del año posterior.

2.- Se reitera que su cumplimiento y manifestación se podrá realizar mediante medios electrónicos, usando para ello la forma de Manifestación de NAFIS que se da ha conocer en este documento, anexando la documentación correspondiente que avale el haber cumplido con los puntos mínimos, el Depto de Afiliación será en encargado de recepcionar por medio del mail afiliacion2@anafinet.org.

3.- A toda la membresía que se integra en este año 2015 y posteriores se les hará énfasis en manifestar en su carta exposición de motivos, que exprese que se compromete aunado a todos los estatutos y reglamentos, de manera especifica a cumplir con el Reglamento de la Norma de Actualización Fiscal, a efectos de dejar clara esta obligación que todo socio ANAFINET debe acreditar como parte de demostrar que se mantiene actualizado y en constante aprendizaje de la materia fiscal.

4.- La Constancia de Cumplimiento de la NAFIS se enviará por medios electrónicos, a todos los socios que acrediten fehacientemente el cumplimiento de la NAFIS, para ello el comité de evaluación revisará la documentación que envíen los socios para el cumplimiento de la Norma y en un lapso que no deberá rebasar 15 días deberá de notificar al socio si hubiere alguna duda o inconsistencia, de no darse esta notificación se entenderá que no hay ninguna inconsistencia o duda, y deberá enviársele al socio su constancia a mas tardar a los 30 días posteriores de la recepción de su documentación o bien durante el mes de FEBRERO DEL AÑO EN CURSO. Sin embargo, de existir duda o inconsistencia se le otorgará al socio un plazo de 7 días para cubrir dicha situación, de no atender dicha inconsistencia se considerará como incumplida la NAFIS.

5.- Se señala y aclara que el incumplimiento de la NAFIS conforme el RNAFIS, trae como consecuencia para el socio incumplido por el primer año de su incumplimiento, que se le exhorte por escrito a su cumplimiento, manifestándole que por el segundo año de incumplimiento se procederá a la baja definitiva de la ANAFINET.

6.- Se da nuevamente a conocer la forma oficial de manifestación de las NAFIS que podrán descargar e igualmente se señala la liga para la lectura y análisis del Reglamento de la Norma de Actualización Fiscal.

Forma para Manifestar las NAFIS.

Reglamento de la Norma de Actualización Fiscal.

7.- Se señala que los socios podrán capacitarse por los diversos esquemas conocidos mientras sea por instituciones y/o capacitadoras reconocidas, es decir, esquemas presenciales, a distancia, por internet u otros similares. Respetando el esquema de puntos marcados en el RNAFIS. Reiterándose que mínimo el 50% de los puntos deberá cubrirse con cursos y/o actividades realizadas o cubiertas en Capacitadoras avaladas por ANAFINET o bien impartida por Colegios de Contadores Públicos del País.

8.- Todo lo no contemplado, dudas y situaciones que surjan derivado de los puntos señalados deberán ser planteados y sometidos al Comité Directivo Nacional para su resolución.

Reiterando nuestro agradecimiento por todo el apoyo manifestado por la membresía para Comité Directivo Nacional en Funciones, quedamos a sus ordenes.

COMITÉ DIRECTIVO NACIONAL ANAFINET.
“INTEGRANDO LA CULTURA FISCAL EN MÉXICO”

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